El Fogasa

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), es un Organismo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social que se encarga de pagar al trabajador el salario y las indemnizaciones en los casos en los que la empresa sea insolvente o esté declarada en concurso de acreedores. Hasta aquí bien, pero tiene truco.


El Fogasa

Si la empresa te debe salarios, en primer lugar, te toca demandarla ya que el FOGASA sólo va a abonar los salarios que se reconozcan en conciliación o en una resolución judicial. Además el FOGASA no te va a pagar directamente sino que sólo en el caso de que la empresa ya esté declarada en concurso de acreedores o un juez la declare insolvente tras haber iniciado un procedimiento de ejecución de sus bienes y haber llegado a la conclusión de que ahí no hay nada donde rascar.

Debes tener en cuenta que no te van a pagar todos los salarios debidos, como mucho 120 días de tu salario y no más de 57,12 € por día (límite que se corresponde al doble del salario mínimo interprofesional fijado para 2018 incluidas las pagas extras). Es decir que como mucho te van a pagar 6.854,40 € (120*57,12)

Este límite es fruto de un tijeretazo efectuado por el Gobierno en julio de 2012 y que no tiene pinta de que vaya a cambiarse, ya que antes el límite eran 150 días y el triple del salario mínimo interprofesional, incluidas las pagas extraordinarias.

Si lo que tienes que pedir es una indemnización derivada de un despido o de la extinción de tu contrato, la empresa debe estar declarada en concurso de acreedores o el juez, como hemos visto antes, debe haberla declarado en situación de insolvencia.

Existe aquí un primer límite y es que para los despidos declarados improcedentes en los que se reconozca una indemnización de 45 días por año trabajado (33 días por año trabajado a partir del 12-02-12), el FOGASA la va a calcular a razón de 30 días por año trabajado, olvidándose de tu indemnización real y obviando si te corresponden 45 o 33 días.

Además, como mucho, el FOGASA te abonará uno año y siempre con el límite de loa 57,12 € diarios, es decir, que la cantidad máxima que pagará en concepto de indemnización será de 20.848,80 € (365 * 57,12). La tijera de julio de 2012 también afectó a este límite ya que anteriormente era el triple de salario mínimo interprofesional.

Así, una persona con un salario de 60 €/diarios y antigüedad de año y medio, por ejemplo, le correspondería, si le hiciesen hoy un despido, una indemnización de 2.970 € (33 días por año trabajado * 60 €/dia * 1,5 años de antigüedad).

Sin embargo, el FOGASA le abonaría 2.570,40 € (30 días por año trabajado * 57,12 €/dia * 1,5 años de antigüedad).

Si la indemnización resultante fuera, por ejemplo, 50.000 €, el FOGASA sólo le abonaría 20.848,80 €.

Redactado por abogado laboralista de Alicante

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