Cuatro contratos en España


En diciembre de 2013 la Ministra de Empleo anunció una reducción de los modelos de contratos, pasando de 42 contratos a tan sólo 4 para mejorar de esta manera la contratación estable y la empleabilidad de los trabajadores.

Tipos de contrato de trabajo en España

Sin embargo lo que realmente se ha hecho es agrupar todos los contratos en 4 modalidades de contratación (Indefinido, Temporal, Formación y Prácticas) y cada una de estas modalidades incluye varios tipos de contrato.

La modalidad “Contrato Indefinido” incluye:

–Indefinido ordinario
–De personas con discapacidad
–De personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
–De personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales
–De apoyo a los emprendedores
–De un joven por microempresas y empresarios autónomos
–De nuevo proyecto de emprendimiento joven
–A tiempo parcial con vinculación formativa
–De trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, doméstica o víctimas de terrorismo.
–De excluidos en empresas de inserción
–De mayores de 52 años beneficiarios de subsidios por desempleo
–Procedente de primer empleo joven de ETT
–Procedente de un contrato para la formación y el aprendizaje de ETT
–Procedente de un contrato en prácticas de ETT
–Del Servicio del Hogar Familiar
–Otras situaciones (contrato en grupo, alta dirección...)
–Conversión de contrato temporal en contrato indefinido

Dentro de la modalidad “Contrato Temporal” nos encontramos los siguientes contratos:

–Obra o Servicio Determinado
–Eventual por Circunstancias de la Producción.
–Interinidad
–Primer Empleo Joven
–De trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, doméstica o víctima de terrorismo.
–De trabajadores en situación de exclusión social por empresa de inserción
–De trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo
–Situación de jubilación parcial.
–Relevo.
–A tiempo parcial con vinculación formativa
–De trabajos de interés social/fomento de empleo agrario
–De trabajadores del servicio del hogar familiar
–De personas con discapacidad
–De personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
–De investigadores
–De trabajadores/as penados en instituciones penitenciarias
–De menores y jóvenes en centros de menores (sometidos a medidas de internamientos previstas en la Ley Orgánica 5/2000 de 21 de enero)
–Otras situaciones (contrato en grupo, alta dirección...)

La modalidad “Formación” incluye:

–Formación y aprendizaje
–De trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, doméstica o víctima de terrorismo.
–De personas con discapacidad en centros especiales de empleo
–De trabajadores de interés social/fomento de empleo agrario

Dentro de la modalidad “Prácticas” podemos elegir:

–Prácticas (ordinario)
–De trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género, doméstica o víctima de terrorismo.
–De trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo.
–De personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
–De trabajos de interés social/fomento de empleo agrario.

Lo que en un principio podría parecer una reducción de los tipos de contratos, lo cual sí podría favorecer la contratación, es simplemente una mera reagrupación de los existentes así que si leéis por ahí que el Gobierno ha reducido a 4 los contratos tened presente que esto no es del todo cierto.

Redactado por abogado laboralista de Alicante

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